Nueva normativa de patinetes eléctricos: qué hay que saber

El pasado 2 de enero entró en vigor la nueva normativa para los patinetes eléctricos, debido al boom que han tenido lo que ahora se denomina vehículos de movilidad personal (VMP). Te explicamos las que más te interesan, sobre todo, para no sufrir accidentes ni sanciones inesperadas.

¿Eres uno de los muchos usuarios de patinete eléctrico? ¿Tienes previsto comprarte uno?  Pues te interesa saber que a partir de ahora las personas que se desplacen en estos vehículos tendrán que cumplir las normas de circulación como otros conductores y podrán ser sometidas a la prueba de alcoholemia. Repasamos a continuación cómo te afecta la nueva normativa de patinetes eléctricos de la Dirección General de Tráfico (DGT): límite de velocidad, seguro, matrícula, empleo de casco, chaleco reflectante, aparcamiento, denuncias… Y, cómo no, cuáles son los pasos a seguir cuando el conductor de un patinete eléctrico es víctima de un incidente.

Nueva normativa de patinetes eléctricos: qué hay que saber

Imágenes superiores: Patinetes Okai

Varias Cosas que deberías saber sobre la nueva normativa de los patinetes eléctricos:

1) ¿Se puede circular con patinete eléctrico por las aceras? 

No. Al pasar a ser un vehículo, los usuarios de patinete eléctrico deberán circular, como regla general, por los carriles bici. Ni que decir tiene que tampoco pueden transitar por zonas peatonales, vías interurbanas, autovías o autopistas. Además, con la nueva normativa de los patinetes eléctricos, se debe esperar en los pasos de cebra y en los semáforos como si fueran un vehículo normal o una bicicleta.

2) ¿Cuál pasa a ser el límite de velocidad con la nueva normativa de los patinetes eléctricos?

La velocidad máxima permitida será de 25 km/h. Y, atención, porque no cumplir esta norma tendrá una sanción de 500€ y la inmovilización del vehículo. Por otro lado, sabemos de sobra que sigue estando prohibido circular cuando hemos bebido alcohol, o vamos con los auriculares puestos.

3) ¿Cuáles son las nuevas multas que anuncia la DGT para patinetes eléctricos?

a/ Llevar un patinete eléctrico habiendo consumido alcoholentre 500 y 1.000 euros, e inmovilización del vehículo

b/ Conducir un patinete eléctrico con presencia de drogas1.000 euros, e inmovilización del vehículo

c/ Negarse a realizar las pruebas por usar alcohol o drogas: puede imputarse delito

d/ Utilizar el teléfono móvil mientras se conduce: 200 euros de multa

c/ Utilizar auriculares mientras se conduce: 200 euros de multa

e/ Conducir por aceras y zonas peatonales200 euros de multa, salvo en municipios que lo permitan expresamente

f/ Conducir dos personas sobre el patinete100 euros de multa

Nueva normativa de patinetes eléctricos: qué hay que saber

Imagen superior: Xiaomi Mi Electric Scooter 1S

4) ¿Es obligatorio contratar un seguro con la nueva normativa de los patinetes eléctricos?

De momento, la DGT ha puesto de manifiesto que, aunque es recomendable la contratación de un seguro como medida de protección personal y de terceros, lo cierto es que no es obligado; de hecho, nada ni nadie te obliga a asegurarlo, pero si no lo haces y tienes un accidente mientras conduces tu patinete eléctrico, los daños los tendrás que pagar tú.

5) ¿Necesito documentación para circular con un patinete eléctrico?

Sí, será necesario que los patinetes eléctricos cuenten con un certificado para la circulación. Aún no está claro quién emitirá este documento, ni qué edad se necesita, ya que no hay todavía más información al respecto. Sin embargo, se supone que esta medida se aplicará 2 años después de que sea publicada y regulada oficialmente en el BOE.

6) ¿Y un manual de características del vehículo?

Este documento también está sometido a una moratoria de dos años. Es decir, cuando la norma se publique en el BOE, será necesario presentar la ficha técnica del patinete donde se muestre la conformidad CE de que cumple con sus especificaciones de fabricante.

Nueva normativa de patinetes eléctricos: qué hay que saber

Imagen superior: Xiaomi Mi Electric Scooter 1S

7) ¿Es obligatorio matricular mi patinete ectrico con la nueva normativa de los patinetes eléctricos?

De momento, y por suerte (al menos para los poseedores de un patinete), no es obligatorio la matriculación del patinete, ni tampoco la obligación de pagar ningún tipo de impuesto, como ocurre con el impuesto de matriculación de los coches y el impuesto de circulación.

8) ¿Tengo que ponerme casco?

No, por el momento no se exigirá. Los patinetes eléctricos no se han incluido dentro del Artículo 118 del Reglamento General de Circulación, que regula el uso de cascos y otros elementos de protección.

9) ¿Es obligatorio el chaleco reflectante con la nueva normativa de los patinetes eléctricos?

Tampoco, aunque sí es obligatorio llevar sistemas de luces ya que los patinetes eléctricos están considerados vehículos. Deben ser encendidas en los mismos horarios y lugares que se les piden a las motos y coches: con lluvia y nieve, en túneles y al caer la noche.

Nueva normativa de patinetes eléctricos: qué hay que saber

Imagen superior: Patinete y bicicleta eléctrica Okai

10) ¿Pueden llevar asiento los patinetes eléctricos con la nueva normativa de los patinetes eléctricos ?

No, está totalmente prohibido instalar un asiento en los patinetes eléctricos. Esto se debe a que al hacerlo se consideraría al patinete eléctrico un ciclomotor o scooter. Además, sigue estando prohibido transportar más de una persona en el patinete: son vehículos uni-plaza.

11) ¿Dónde se puede aparcar con la nueva normativa de los patinetes eléctricos?

Está prohibido aparcar en las aceras salvo en algunas excepciones. De no ser posible, se puede hacer en reservas de bicicletas y de motos, o en bandas de estacionamientos de vehículos. Igualmente, está prohibido aparcar en zonas peatonales, como paradas de taxis o transporte público.  Y tampoco podrás anclar con cadenas antirrobo en objetos de la vía pública como semáforos, bancos de parque, árboles o vallas.

Nueva normativa de patinetes eléctricos: qué hay que saber

Imagen superior: Foto de Marek Rucinski

12) ¿Qué hacer si soy víctima de un accidente ahora, con la nueva normativa de patinetes eléctricos?

Lo primero que debes hacer es tomar los datos del vehículo o persona culpable, aunque la denuncia puede ser muy incierta ya que el culpable puede negar los hechos. Lo mejor es que la policía intervenga y contar con testigos.


13) ¿Dónde puedo formular
la denuncia?

Los patinetes eléctricos llevan las de perder cuando se trata de incidentes donde la víctima es el conductor de este vehículo; esto se debe generalmente a que no se posee un seguro. Si tienes un seguro, tu aseguradora te ayudará a que se cumpla la indemnización exigida al culpable del incidente, pues pondrá a tu disposición su armamento legal para ello.

Sin embargo, si no posees uno será realmente difícil lograr algo. Pero en ese caso deberás hacer obligatoriamente tres cosas: lo primero es avisar a la policía, lo segundo encontrar un abogado experto en accidentes de tráfico y, en tercer lugar, tener testigos del accidente.

Puedes ver aquí el real decreto publicado por el BOE